20161123

PRORROGA CONVENIO COLECTIVO

El pasado 2015 se firmo el primer convenio de empresas vinculadas para tener un marco único de negociación para las plantillas TDE, TME y TSOL.
El valor que tiene el convenio es indudable, recoge, para el personal de las tres jurídicas, las garantías de:
-Empleo, no segregación forzosa, no movilidad interprovincial forzosa
Estas garantías, junto con la normativa laboral, son apuestas que siempre hemos recogido en nuestras reivindaciones ante la empresa.
CCOO comprueba con satisfacción que las cláusulas económicas acordadas han sido acertadas, ya que suponen un incremento del poder adquisitivo para las plantilla de la tres empresas Telefónica de España (TdE), Telefónica Móviles (TME) y Telefónica Soluciones (TSol) tanto en el año 2015 como en 2016 (previsiblemente también en 2017), evitando así las pérdidas y congelaciones salariales generalizadas que se siguen produciendo en nuestro país.
No queremos  esperar mas y hemos apostado por la continuidad del CEV, y en base a lo pactado,  hemos solicitado abrir cuanto antes la negociación sobre la prorroga del mismo.  De esta manera contribuiremos a despejar  las inquietudes  que están surgiendo y mantendremos la estabilidad laboral de la plantilla afectada.


20161108

Comisión Interempresas de Áreas Comerciales

Se ha celebrado la segunda reunión de la Comisión Interempresas de Áreas Comerciales, para continuar con la negociación sobre la modificación de turnos y horarios en los centros de Canal Telefónico (Gran Público).

En la primera reunión, el pasado 17 de octubre, la empresa planteaba la supresión total de los turnos de mañana, la supresión de las guardias voluntarias, y la modificación en el horario de atención comercial al cliente (entre las 22 y las 9 h.), estableciendo las nuevas jornadas en turnos partidos y de tarde.

CCOO mostró su absoluto rechazo a este nuevo modelo, exponiendo en la reunión que cualquier modificación y acuerdo debía pasar por el mantenimiento de los turnos de mañana, de la flexibilización actual en todos los turnos y su elección, del mantenimiento de las guardias, y de la búsqueda de mecanismos que incentivasen la voluntariedad de la plantilla a la hora de realizar turnos más acordes a las necesidades del negocio.

COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y VIGILANCIA

Se ha constituido, a petición de CCOO, la Comisión de Interpretación y Vigilancia de Empresas Vinculadas en base al artículo 219 del Convenio de Empresas Vinculadas (CEV), para tratar los siguientes puntos del orden del día:

· Constitución de la Comisión
· Revisión salarial CEV 2017
· Cuestiones interpretativas CEV:
o Inicio de vacaciones en domingo/festivo
o Jornada Laboral Asesores y Consultores
o Art.180 CEV Asistencia sanitaria complementaria (Cobertura dental)

CCOO celebra la constitución de esta importante Comisión del CEV, donde se deben dirimir las discrepancias en los criterios de aplicación del mismo. La empresa ha venido retrasando la constitución de esta Comisión de Interpretación y Vigilancia, a pesar de la petición expresa de CCOO e incumpliendo incluso la resolución de Inspección del Ministerio de Trabajo de 13/06/16 de que se constituyera y reuniera esta Comisión, hasta hoy, casi 12 meses después de la firma del Convenio.

20161004

Telefónica: comienza la aplicación del acuerdo sobre jornada laboral

Este 27 de septiembre se ha celebrado una nueva reunión para continuar debatiendo sobre la implantación de las jornadas recogidas en el Convenio de Empresas Vinculadas (CEV).
La empresa presentó la evolución del plan realizado para incrementar la jornada continuada en los términos recogidos en el CEV, que responde a la petición realizada por CCOO de extender dicha jornada. Atendiendo a lo expresado por la representación social en la anterior reunión, la empresa ha revisado la propuesta en algunos departamentos. Tanto en "Implantación Telco" como en "Desarrollo Negocio TV"  se mantiene el número actual de jornadas continuadas y partidas, evitando pasar toda la unidad a partido y se implanta la voluntariedad y/o la rotatividad para cubrir las jornadas partidas actuales.

La empresa pone como ejemplo y catalizador para el resto de áreas al esfuerzo realizado en  la Dirección de RRHH y Transformación, que también se incorpora a este nuevo modelo siguiendo en la línea positiva de priorizar la jornada continuada sobre la partida.

A petición de CCOO se descarta implantar estos cambios de jornada el 1 de octubre, estableciéndose como fecha de efectividad el 1 de noviembre que, a juicio del sindicato, es un tiempo prudencial que permitirá a las áreas la comunicación e implantación ordenada y razonable del nuevo modelo. La empresa informa que se regularizarán los derechos económicos conforme al CEV en todos los cambios de jornada que se deriven de la implantación del plan.
 

20160927

Guía de protección social en el Convenio Colectivo de Empresas Vinculadas Grupo Telefónica

La presente GUIA pretende resumir en un solo documento los elementos mas importantes en materia de PROTECCIÓN SOCIAL existentes en el reciente Convenio Colectivo de Empresas Vinculadas (CEV). Como ya conocemos este Convenio Colectivo es de afectación al conjunto de trabajadores y trabajadoras de Telefónica Móviles, Telefónica de España y Telefónica Soluciones. Para una mayor información de cada aspecto recogido en la presente GUIA consultar el propio CEV, sus disposiciones adicionales o transitorias, los documentos específicos relacionados o la información en materia de Seguridad Social correspondiente.

20160925

Telefónica: la empresa intenta ahorrar en la aplicación de la sentencia sobre Devengos Circunstanciales

CCOO, que considera positivo el reconocimiento y abono de parte de lo ganado en el juicio por el conflicto colectivo contra Telefónica por los Devengos Circunstanciales, no comparte en absoluto el criterio unilateral que quiere establecer la empresa sobre la aplicación de la sentencia del Tribunal Supremo y exige que rectifique y proceda a acatarla correctamente en todos los términos que establece.
En su momento CCOO planteó demanda de conflicto colectivo contra Telefónica por su negativa a incluir, en los Devengos Circunstanciales por Vacaciones, varios pluses o complementos salariales e incentivos.
 
Se dictó sentencia por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de 20 de marzo de
2015, por la que se estimaron las demandas acumuladas de CCOO y UGT, declarando el derecho de los/as trabajadores/as que no perciben los complementos retributivos variables establecidos en los Arts. 38, 39 y 40 del VI convenio de Telefónica Móviles (incentivos anuales, carrera comercial y disponibilidad, respectivamente) a percibir en la retribución de las vacaciones la remuneración normal o media anual que por dichos complementos obtienen, condenando a la empresa a estar y pasar por dicha declaración a todos los efectos.
 
Contra la sentencia de la Audiencia Nacional la empresa planteó recurso de casación, que fue parcialmente estimado por el Tribunal Supremo, en sentencia de 8 de junio de 2016, la cual no obstante confirmó la sentencia de la Audiencia Nacional de 20 de marzo de 2015, en lo relativo al derecho de los/as trabajadores/as a percibir durante sus vacaciones los complementos previstos en los Arts. 39 (carrera profesional) y 40 (disponibilidad) en su remuneración media anual, estimando así la petición de CCOO en relación con los complementos o pluses relacionados.
 

Telefónica: celebrada la reunión de la Comisión Interempresas de Formación

Este 20 de septiembre se ha celebrado una nueva reunión de la Comisión Interempresas de Formación para abordar aspectos relativos a la formación tale como las aulas virtuales, Permisos Individuales de Formación (PIF), etc.
Se inicia la reunión con la presentación por parte de la empresa de un documento aclaratorio sobre la formación en Telefónica, en el que se recogen los criterios que una acción debe cumplir para que sea considerada formación. Quedan recogidas las condiciones referentes a diseño, implantación, metodología, plazos, etc…que son preceptivas en cualquier curso homologado.

CCOO lleva mucho tiempo reclamando que se diferencie entre lo que es información y lo que es formación, diferencias que muchos mandos no parecen tener muy claras. Para que un/a trabajador/a se considere formado/a, debe haber hecho un curso en toda regla. Todo lo demás, son acciones informativas y/o complementarias, que pueden ser muy beneficiosas para el desempeño, pero que no cualifican por sí solas.

No se consideran formación, temas como: reuniones y planes de comunicación, presentaciones de proyectos, sesiones grupales o individuales de desarrollo, actividades de diagnóstico, feedback, etc… Asimismo, toda formación debe tener su correspondiente diploma o certificación que acredite el conocimiento adquirido y que permita incorporarlo al curriculum vitae.

Telefónica: avance en la homogeneización de jornada

En la reunión de la Comisión Interempresas de Ordenación de Tiempo de Trabajo la empresa ha realizado una exposición de los resultados globales sobre el análisis realizado en aquellas unidades convergentes de las tres empresas, Telefónica de España, Telefónica Móviles y Telefónica Soluciones, para alcanzar la homogeneización de la jornada en cada área.
Se han recordado los criterios ya establecidos en la reunión de julio, que darán cumplimiento a lo recogido en el Convenio de Empresas Vinculadas (CEV) priorizando la jornada continuada, la voluntariedad y la conciliación de la vida laboral y personal, en aquellas áreas en que sea posible según la naturaleza de las actividades que realicen. Asimismo la empresa insiste en el carácter global de este primer paso, aunque está dispuesta a que, una vez implantada esta homogeneización, se puedan tratar casuísticas particulares de alguna de las áreas afectadas.


Los datos presentados por la empresa se refieren a personal dentro de convenio y sin función gratificada, adscrito a la actual jornada de oficinas y en un entorno convergente. Las unidades o áreas de las que no se informa continuarán, hasta su análisis, en las jornadas que tienen en la actualidad.